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Miércoles, 27 Junio 2018 - 2:28pm

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el Ing. JULIO CESAR GAMARRA MONTENEGRO, quien desempeñó el cargo de Director Regional de Agricultura del Gobierno Regional Cajamarca durante el periodo comprendido entre el 01 y 02 de febrero de 2017, por la presunta comisión de la falta disciplinaria prevista en el Artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre "d) La negligencia en el desempeño de las funciones" por contravención del artículo 22° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, así como del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura aprobado por Resolución Directoral Sectorial N° 035-2015-GR.CAJ/DRA, en lo que corresponde a las funciones descritas en el literal b) del cargo de Director Regional de Agricultura (Director Programa Sectorial IV); conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Martes, 2 Octubre 2018 - 9:56am

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el investigado RONALD EDWIN ROJAS OBLITAS, quien en su oportunidad desempeñó en el cargo de Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares del Gobierno Regional Cajamarca, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria prevista en el artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre: "d) La negligencia en el desempeño de las funciones", por incumplimiento del artículo 10° del Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Martes, 7 Agosto 2018 - 6:45pm

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra servidor LUIS ALBERTO DÍAZ VILCA, quien se desempeña en el cargo de Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia de Infraestructura del Gobierno Regional Cajamarca, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria prevista en el Artículo 259° inciso d) del TUO de la Ley N° 27111 Ley del Procedimiento Administrativo General- aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que prescribe: "d) Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo", por incumplimiento del Art. 113° del Reglamento de la Ley N° 30057, que establece: "La entidad se encuentra obligada a colaborar con los órganos encargados de conducir el procedimiento, facilitándoles los antecedentes y lainformación que soliciten, así como los recursos que precisen para el desarrollo de sus actuaciones"; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Martes, 6 Marzo 2018 - 8:39pm

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el C.P.C. SALOMÓN SALDAÑA CERNA, ex Director de Patrimonio del Gobierno Regional Cajamarca, por la presunta comisión de la falta prevista en el literal d) del artículo 85° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre: "d) La negligencia en el desempeño de las funciones", por incumplimiento de la obligación descrita en el apartado "Finalidad" del Procedimiento N° 2: Tratamiento de Bienes Usados - Sobrantes de Obra contenida en la Resolución de Gerencia Regional N° 261-2013-GR.CAJ/GGR que actualiza y aprueba los procedimientos administrativos de la Dirección de Patrimonio, del Manual de Procedimientos Administrativos MAPRO de la Sede Regional; así como del literal a) del artículo 64° del Reglamento de Organización y Funciones modificado por Ordenanza Regional N° 001-2009-GRCAJ-CR; y la función específica descrita en el literal a) correspondiente al Director de Patrimonio prevista en el Manual de Organización y Funciones (MOF) aprobado por Resolución Gerencial General Regional N° 258-2014-GR.CAJ/GGR; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Viernes, 3 Agosto 2018 - 6:50pm

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el investigado ALEX YVÁN LESCANO CHÁVEZ, quien se desempeñó en el cargo de Director Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional Cajamarca, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria prevista en el artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre: "d) La negligencia en el desempeño de las Melones", por incumplimiento del Numeral 2 del punto 5.3 de la Directiva N° 001-2007-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI, aprobada mediante Resolución Gerencial General Regional N° 017-2007-GR.CAJ/GGR; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Martes, 8 Mayo 2018 - 8:09am

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los investigados descritos en el cuadro siguiente: (ver archivo adjunto)

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Miércoles, 27 Junio 2018 - 12:58pm

ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el Ing. JORGE GENARO GUTIERREZ HUINGO, quien desempeñó el cargo de Director Regional de Agricultura del Gobierno Regional Cajamarca durante el periodo comprendido entre el 09 de enero de 2017 al 07 de agosto de 2017, por la presunta comisión de la falta disciplinaria prevista en el Artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre "d) La negligencia en el desempeño de las funciones" por contravención del artículo 22° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, así como del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura aprobado por Resolución Directoral Sectorial N° 035-2015-GR.CAJ/DRA, en lo que corresponde a las funciones descrita en los literales 1) y m) del cargo de Director Regional de Agricultura (Director Programa Sectorial IV); conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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