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Resoluciones de Gerencia General

Miércoles, 15 Mayo 2019 - 3:08pm

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO, de la Resolución Administrativa Regional N° 0181-2018-GR.CAJ/DRA, de fecha 26 de noviembre de 2018; por las razones expuestas en la presente Resolución; en consecuencia, NULA Y SIN EFECTO LEGAL la decisión administrativa.

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Miércoles, 15 Mayo 2019 - 3:05pm

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR el EQUIPO TÉCNICO, encargado de la ejecución del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI, relacionado al Proyecto: "Construcción y Mejoramiento de la Carretera PE-3N (Bambamarca) - Paccha -Chimban - Pión - L.D. con Amazonas (Emp. AM-103 El Triunfo)", el cual estará integrado por los siguientes servidores:

- Ing. Nelson Francisco Oblitas Quispe - Presidente
- Ing. Doris Azucena Jiménez Sánchez - Miembro
- Bach. Ing. Erick Ronald Sánchez Llanos - Miembro
- Tec. Alberto Luis Calderón Flores - Miembro
- Lic. Soc. José Luis Guerra Marín - Miembro
- Ing. Jorge Alberto Angulo Salazar - Miembro

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Lunes, 13 Mayo 2019 - 11:48am

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la QUINTA MODIFICACIÓN del Plan Anual de Contrataciones de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, para el ejercicio presupuestal del año 2019 en su SEXTA VERSIÓN, por las consideraciones expuestas; INCLUYENDO y EXCLUYENDO la contratación de Bienes, Servicios y Obras, cuyo detalle figuran en los cuadros anexos, que forma parte integrante de la presente.

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Viernes, 10 Mayo 2019 - 11:01am

Artículo Primero: Formalízase las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, dentro de las unidades ejecutoras, en el presupuesto institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, correspondiente al mes de Abril del 2019, de acuerdo al detalle que se indica en los anexos adjuntos a la presente resolución.

Artículo Segundo: La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Miércoles, 8 Mayo 2019 - 12:48pm

ARTICULO PRIMERO: ENCARGAR en vías de regularización los días 07 y 08 de mayo de 2019, la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Cajamarca, a la Mg. Ana Raquel Huamán Espejo - Sub Gerente de Asuntos Poblacionales; con todas las atribuciones y responsabilidades propias al cargo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

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Miércoles, 8 Mayo 2019 - 12:46pm

ARTÍCULO PRIMERO: ADECUAR el Recurso Administrativo de Reconsideración planteado por el administrado JOSÉ DEMETRIO CARRASCO TACILLA en contra de lo dispuesto en el Memorando N° 69-2019-GR.CAJ/GGR, de fecha 18 de enero de 2019, en virtud a los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración, interpuesto por don José Demetrio Carrasco Tacilla, contra el Memorando N° 69-2019-GR.CAJ/GGR, de fecha 18 de enero de 2019, por las razones expuestas en la parte Considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la decisión administrativa impugnada.

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Lunes, 6 Mayo 2019 - 11:37am

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Prestación Adicional de Obra N° 02, del Proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", contenida en el Expediente Adicional de Obra N° 02 aprobado por la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 054-2019-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de abril del 2019; mismo que ha sido elaborado por la empresa Supervisora CONSULTORES EJECUTORES J&M S.R.L., y encontrado conforme porla Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° 356-2019-GR.CAJ/GRI, siendo la causal b) Deficiencias en el expediente técnico de obra; tal y como se advierte del Informe del Expediente de Adicional de Obra N° 02, siendo el Presupuesto de la Prestación Adicional de Obra N° 02, de S/. 172,962.42 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 42/100 SOLES), respecto al contrato original, con un porcentaje de incidencia de 2.27%.

ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR, el Deductivo Vinculante de Obra N° 02, del Proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", contenida en el Expediente Adicional de Obra N° 02 aprobado por la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 054-2019-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de abril del 2019, mismo que ha sido elaborado por la empresa Supervisora CONSULTORES EJECUTORES J&M S.R.L., y encontrado conforme por la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° 356-2019-GR.CAJ/GRI, siendo la causal b) Deficiencias en el expediente técnico de obra; tal y como se advierte del Informe del Expediente de Adicional de Obra N° 02, siendo el Presupuesto Deductivo Vinculante de Obra N° 01, de S/.
95,026.34 (NOVENTA Y CINCO MIL VEINTISÉIS CON 34/100 SOLES), respecto al contrato original, con un porcentaje de incidencia de 1.25%.

ARTÍCULO TERCERO: APROBAR, el Presupuesto Adicional Neto de Obra N° 02, del Proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", contenida en el Expediente Adicional de Obra N° 02 aprobado por la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 054-2019-GR.CAJ/GRI, de fecha 03 de abril del 2019; mismo que ha sido elaborado por la empresa Supervisora CONSULTORES EJECUTORES J&M S.R.L., y encontrado conforme por la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° 356-2019-GR.CAJ/GRI, siendo la causal b) Deficiencias en el expediente técnico de obra; tal y como se advierte del Informe del Expediente de Adicional de Obra N° 02, siendo el Presupuesto de la Prestación Adicional Neta de Obra N° 02, por el monto de S/.77,936.08 (SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 08/100 SOLES), respecto al contrato original, con un porcentaje de incidencia de 1.02%; el mismo que se encuentra dentro del margen establecido por la normatividad vigente aplicable.

ARTÍCULO CUARTO.- AUTORIZAR, la ejecución de la Prestación Adicional de Obra N° 02 con Deductivo Vinculante de Obra N° 02, al contratista CONSORCIO CAJAMARCA, a partir del día siguiente de notificado con la presente resolución.

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