ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR EL REAJUSTE DE PRECIOS POR DECREMENTO formulada por la Representante Legal de la Empresa GRIFOS CAJAMARCA SAC, señor Enrique Rojas Sánchez, respecto al Contrato N°001-2018-GR.CAJ-DRA, correspondiente a la SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N°001-2018-GR.CAJ - PRIMERA CONVOCATORIA para la "ADQUISICIÓN DE,COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES VEHICULARES ASIGNADAS A LAS DEPENDENCIAS DE LA SEDE REGIONAL DE CAJAMARCA", - Item DIESEL B5 S50; DECREMENTO que varía conforme al detalle siguiente:
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ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el texto del ítem 5.4.1.5 que corresponde al numeral 5.4 Anticipo de Viáticos por Comisión de Servicios, de la Directiva N° 04-2014-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI, en los términos siguientes:
"5.4.1.5 El transporte aéreo será de uso exclusivo del Gobernador (a) Regional y Vicegobernador (a) Regional. Para los demás funcionarios será por vía terrestre. Salvo excepción, en caso de urgencia debidamente comprobada y justificada, debiendo contar con autorización expresa del Gerente General Regional."
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ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el texto del Artículo 16° del Reglamento: "Administración, Uso y Control de Vehículos Oficiales del Gobierno Regional Cajamarca", en los términos siguientes:
"Artículo 16°: Las unidades vehiculares pertenecientes al Gobierno Regional Cajamarca, son destinadas exclusivamente al uso de acciones de carácter oficial, en el cumplimiento de sus fines y objetivos institucionales en el marco de las disposiciones legales vigentes.
Queda prohibido el apoyo con unidades vehiculares oficiales a otras entidades e instituciones ajenas al Gobierno Regional Cajamarca; salvo casos excepcionales, debidamente autorizadas por el Gerente General Regional en el caso de la sede regional o por el titular de la dependencia, según corresponda."
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Artículo Primero.- DAR POR ACEPTADA, a partir de la fecha la renuncia presentada por el señor NORMAN NELSON CORONEL VÁSQUEZ, al cargo de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA, dejándose sin efecto lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 73-2019-GR.CAJ/GR de fecha 22 de enero de 2019, así mismo déjese sin efecto legal cualquier otra designación, encargatura, comisión, delegación o representación que se hubiera dispuesto a favor del citado profesional.
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ARTÍCULO PRIMERO: Designar a partir de la fecha al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como Coordinador Regional de los Programas Presupuestales, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dispóngase que los responsables de las Oficinas de Planeamiento de las Unidades Ejecutoras que tienen a su cargo la ejecución de los Programas Presupuestales y el Equipo Técnico del Gobierno Regional de Cajamarca, quedan a disposición del Coordinador Regional, el cual emitirá los lineamientos, convocará a reuniones de trabajo y ejecutará las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones para las que han sido designados y en estricto cumplimiento de lo estipulado por la Directiva N° 002-2016-EF/50.01, "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del presupuesto por Resultados".
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ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a partir de la fecha a la señora ROSA VALDIVIA CAMPOS, como representante del Gobierno Regional de Cajamarca, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chota, por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el reporte "Anexo 1333-1 Responsables Activos del Manejo de Cuentas Bancarias" que detalla a los responsables titulares y suplentes designados para el manejo de las cuentas bancarias de la Entidad 01 Región Cajamarca — EDUCACION UGEL BAMBAMARCA 1355-1, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
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