ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y por presunta infracción del Principio de "Respeto" contenido en el numeral 1 del artículo 6° de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, contra los siguientes investigados:
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ARTÍCULO PRIMERO: ARCHIVAR la investigación seguida contra los investigados Ing. ROGER HERNÁN
CHERO PANTA, Sub Gerente de Estudios; e Ing. CESAR ADOLFO SÁNCHEZ ZUMARÁN, Ex Sub Gerente de
Supervisión y Liquidaciones, de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca, por presuntas irregularidades en los reconocimientos de deuda plasmados en las resoluciones aludidas en la parte considerativa; esto, al no haberse determinado conducta infractora pasible de ser sancionada.
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ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO por presunta infracción del deber de "Uso adecuado de los Bienes del Estado" plasmado en el artículo 7° numeral 5 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, el mismo que se instaura contra los siguientes investigados:
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"ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la Deuda por la suma de Diez Mil Novecientos con 00/100 Nuevos Soles S/10,900.00), a favor de la Sra. Lilian Angélica Guzmán de Barrantes, por concepto de Contratación de los servicios de supervisión del Proyecto "Mejoramiento y Apertura de la Carretera José Gálvez — Jorge Chávez — La Ayacunga",según los documentos que conforman la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los siguientes investigados Lic. DEYBER ELI FLORES CALLE, Ex Director Regional de Administración del Gobierno Regional de Cajamarca; Ing. ANTONIO GILBERTO MEDINA CENTURIÓN, Ex Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca y; C.P.C. ROBERT MANUEL HERNÁNDEZ MENDOZA, Director de Tesorería del Gobierno Regional de Cajamarca; por calificación errónea de la propuesta técnica del Consorcio Createk en la Adjudicación Directa Selectiva N° 57-2011-GR.CAJ — Primera convocatoria, sobre elaboración de estudio de proyecto: "Mejoramiento y rehabilitación de la carretera vecinal caserío Perlamayo — C.P. Villanueva — C.P. Andamachay — C.P. Chacapampa- Caserío Nuevo Horizonte- Chadín- Provincia de Celendín- Cajamarca", al haber infringido el Principio de Respeto plasmado en el artículo 6° numeral 1 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
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ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la Deuda por la suma de Nueve Mil Doscientos con 00/100 Nuevos Soles (S/. 9,200.00), a favor del Sr. Herbert Sebasthian Silva Díaz,por concepto de Contratación del servicio de Consultor de evaluación de componente de Arquitectura del PIP: "Mejoramiento de los Servicios de Atención Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de la Aldea Infantil San Antonio,Distrito Cajamarca, Provincia Cajamarca - Cajamarca", según los documentos que conforman la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: ARCHIVAR las acciones seguidas contra los investigados Ing. Helard Chávez Juanito, Ex Gerente Regional de Infraestructura; Ing. Jorge Manuel León Cubas, Ex Sub Gerente de Operaciones de la Gerencia Regional de Infraestructura; Ing. Wilmer Enrique Barboza Fustamante, Supervisor de la Obra; Ing. Jaime Francisco Bazán Marín, Residente de Obra y Fidel Castrejón Delgado, Operador de Obra; por presunta compra directa de cemento en la obra "Culminación de las Obras de Arte del Proyecto: Construcción de la Carretera Chimban- Pión-Santa Rosa"; por cuanto no existe evidencia probatoria la ocurrencia de los hechos controvertidos.
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