ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Victor Manuel León Quito, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 168-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida, respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Pablo Cieza Blanco, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 168-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida, respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Juan Evelio Mendoza Cabanillas, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 168-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida, respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Edward Vargas Díaz, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 168-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida, respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por doña JULIA DEL SOCORRO CACERES Vda. de ARAUJO, contra la Resolución Directoral Sectorial Nº 207-2014-GR-CAJ/DRTC, de fecha 29 de abril de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia CONFÍRMESE la recurrida, dándose por agotada la vía administrativa.
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