ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Oscar Amador SALDAÑA MARIN, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Sectorial N° 207-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 29 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Luis Grimaniel LEÓN POLO, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Sectorial N° 207-2014- GR.CAJ/DRTC, de fecha 29 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don José Miguel BRICEÑO ABANTO, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Sectorial N° 207- 2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 29 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Fausto Eduardo Asencio Bollón, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 282-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 15 de mayo de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por doña María Carlota Araujo Lecca, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 207-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 29 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida, respecto a la impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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