ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de apelación interpuesto por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA identificada con RUC N° 20143623042, en contra de la decisión contenida en la Resolución Directoral N° 019-2017-GR-CAJ/DPSC, de fecha 14 de febrero del 2017.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de nulidad interpuesto por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas; en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de nulidad formulado por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas contra la Resolución Directoral N° 039-2017-GR-CAJ-DRTPE/DPSC, de fecha 31 de marzo de 2017, esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuencia, DECLÁRESE FIRME la Resolución Directoral antes mencionada.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de apelación interpuesto por la empresa EXTRACO SA —SUCURSAL PERU, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por la empresa EXTRACO SA —SUCURSAL PERU identificado con RUC N° 20548123888, en contra de la decisión contenida en la Resolución Directoral N° 056-2017-GR-CAJ-DRTPE/DPSC, de fecha 11 de abril del 2017.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de nulidad interpuesto por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas; en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de nulidad formulado por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas contra la Resolución Directoral N° 040-2017-GR-CAJ-DRTPE/DPSC, de fecha 31 de marzo de 2017, esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuencia, DECLÁRESE FIRME la Resolución Directoral antes mencionada.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de nulidad interpuesto por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas; en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso administrativo de apelación (recurso de nulidad) formulado por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas contra la Resolución Directoral N° 037-2017-GR-CAJ-DRTPEMPSC, de fecha 31 de marzo de 2017, esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuencia, DECLÁRESE FIRME la Resolución Directoral antes mencionada.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de nulidad interpuesto por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas; en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de nulidad formulado por el sancionado Carlos Ovidio Saldaña Cabanillas contra la Resolución Directoral N° 038-2017-GR-CAJ-DRTPE/DPSC, de fecha 31 de marzo de 2017, esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuencia, DECLÁRESE FIRME la Resolución Directoral antes mencionada.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORACIÓN ALATIMSTEAS SRL, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORACIÓN ALATINISTEAS SRL, identificada con RUC N° 20495943136, en contra de la decisión contenida en la Resolución Directoral N° 128-2016-GR.CAJ-DRTPE/DPSC, de fecha 30 de diciembre del 2016.
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