ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver la solicitud de prescripción de multa presentada por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de prescripción de la exigibilidad de multa (contendida en el Auto Directoral N° 86-2015-DRTPE/DPSC, de fecha 13 de julio del 2015), por la vía de ejecución forsosa presentada por la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, consecuentemente CONFÍRMESE la multa impuesta, conforme a las consideraciones expuestas en los considerandos descritos precedentemente.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver la solicitud de prescripción de multa presentada por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de prescripción de la exigibilidad de multa (contendida en el Auto Directoral N° 84-2015-DRTPE/DPSC, de fecha 13 de julio del 2015), por la vía de ejecución forsosa presentada por la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, consecuentemente CONFÍRMESE la multa impuesta, conforme a las consideraciones expuestas en los considerandos descritos precedentemente.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver la solicitud de prescripción de multa presentada por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de prescripción de la exigibilidad de multa (contendida en el Auto Directoral N° 99-2015-DRTPE/DPSC, de fecha 13 de julio del 2015), por la vía de ejecución forsosa presentada por la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, consecuentemente CONFÍRMESE la multa impuesta, conforme a las consideraciones expuestas en los considerandos descritos precedentemente.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver la solicitud de prescripción de multa presentada por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de prescripción de la exigibilidad de multa (contendida en el Auto Directoral N° 101-2015-DRTPE/DPSC, de fecha 13 de julio del 2015), por la vía de ejecución forsosa presentada por la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, consecuentemente CONFÍRMESE la multa impuesta, conforme a las consideraciones expuestas en los considerandos descritos precedentemente.
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ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver la solicitud de prescripción de multa presentada por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de prescripción de la exigibilidad de multa (contendida en el Auto Directoral N° 100-2015-DRTPE/DPSC, de fecha 13 de julio del 2015), por la vía de ejecución forzosa presentada por la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, consecuentemente CONFÍRMESE la multa impuesta, conforme a las consideraciones expuestas en los considerandos descritos precedentemente.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA ABSTENCIÓN de la Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Cajamarca para resolver la solicitud de prescripción de multa presentada por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, en ese sentido, la Gerencia Regional de Desarrollo Social ASUME COMPETENCIA para resolver el incidente puesto a conocimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de prescripción de la exigibilidad de multa (contenida en el Auto Directoral N° 87-2015-DRTPE/DPSC, de fecha 13 de julio del 2015), por la vía de ejecución forzosa presentada por la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, consecuentemente CONFÍRMESE la multa impuesta, conforme a las consideraciones expuestas en los considerandos descritos precedentemente.
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ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER Y FELICITAR a los docentes y personal administrativo que laboran en la Institución Educativa Nuestra Señora de la Merced de Cajamarca y la Institución Educativa Cristo Redentor de Yanacancha Baja, los cuales participaron activamente en las sesiones educativas programadas del proyecto piloto: "Nuevos Pasos Construyendo Futuro", por su labor y compromiso en el trabajo articulado para mejorar las condiciones de los grupos tradicionalmente excluidos y vulnerables, permitiendo así determinar un modelo de intervención con adolescente de la región, el acceso a los servicios de salud de la población, coadyuvando con el cierre de brechas, la misma que está conformada por:
(Ver archivo adjunto)
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