ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Santiago Alfonso Saldaña Jáuregui, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 172-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida, respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Wálter Eligio Velásquez Abanto, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 168-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Carlos Enrique García Rodríguez, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 168-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la resolución recurrida respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Hernán Espinoza Díaz, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 171-2014-GR.CAJ/DRTC, de fecha 21 de abril de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia CONFIRMESE la resolución recurrida, respecto al impugnante; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Juan Francisco Chávez Lozano, contra la Resolución Directoral Sectorial N° 171-2014-GR.CANDRTC, de fecha 21 de abril de 2014; las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia CONFIRMESE la recurrid, respecto al impugnante; dándose por azotada la vía administrativa.
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