ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 05, por 38 DÍAS CALENDARIO, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO SAN MIGUEL; para la ejecución de la obra: "Mejoramiento de la I.E Dulce Nombre de Jesús, Distrito de Jesús - Cajamarca"; en atención a la causal establecida en el Numeral 1) del Art. 200° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado: atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista; de conformidad a los informes técnicos descritos en el análisis de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR el Comité de Recepción y Transferencia de la Obra: "CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINAS TUMBADEN GRANDE, VISTA ALEGRE Y CHACAPAMPA, DISTRITO DE TUMBADEN, SAN PABLO, CAJAMARCA", el cual será integrado por los siguientes profesionales:
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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Nuevo Cronograma Actualizado de Avance de Obra Valorizado y Diagrama GANTT y PERT — CPM, de la Obra: "Mejoramiento de la I.E Dulce Nombre de Jesús, Distrito de Jesús - Cajamarca", por la ampliación de plazo N° 03, de conformidad a los informes técnicos descritos en los fundamentos de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 01 - Parcial, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO A&T ASOCIADOS; para el servicio de Consultoría de Obra para la Elaboración del Expediente Técnico del PIP: "Instalación del Servicio Educativo Escolarizado del nivel Inicial en las localidades de El Milagro, Mesapata, Higosbamba y Pucarita , en los distritos de Cachachi, Cajabamba y Sitacocha de la Provincia de Cajabamba, Región Cajamarca"; al incumplir con el procedimiento y requisitos señalados por el Evaluador del Proyecto y no cumplir con la fundamentación señalada en el Artículo 175° del RLCE.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Cambio de Profesionales de la Obra: "Mejoramiento Carretera CA-103: EMP.PE-06B (Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circo - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE-06C (El Empalme) - Cajamarca", solicitado por la Empresa CONSORCIO CATILLUC, al verificarse que no cumple con los requisitos técnicos mínimos señalados por las normas de contratación pública.
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