ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Nº 01, por 17 DÍAS CALENDARIO, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO VILLACAR; para la ejecución de la obra: "Mejoramiento del Sistema de Electrificación Rural del Caserío La Colpa, Distrito de Jesús - Cajamarca - Cajamarca"; en atención a la causal establecida en el Numeral 1) del Art. 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado: Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista; de conformidad a los informes técnicos descritos en el análisis de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Parcial N° 01, por 05 DÍAS CALENDARIO, solicitada por la Empresa Supervisora CONSORCIO JESÚS; para la Supervisión de la obra; "Mejoramiento de la I.E Dulce Nombre de Jesús, Distrito de Jesús - Cajamarca"; en atención al último párrafo del Art. 171° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y a la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 058-2016-GR.CAJ/GRI, de fecha 08 de agosto de 2016; correspondiente al periodo 23.09.2016 al 27.09.2016, de conformidad a los informes técnicos descritos en el análisis de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADA la Queja por defecto de tramitación interpuesta por la señora JUANA MARIZA AGUILAR CRUZ, en contra del Director Regional de Transportes y Comunicaciones Cajamarca, en virtud a los considerandos expuestos en la presente Resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE el Cambio de Asistente de Supervisión de la Obra: "Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE-068 (Santa Cruz de Succhubamba) — Romero Circo — La Laguna — Tongod — Catilluc — EMP.PE-06C (El Empalme) - Cajamarca", solicitado por la Empresa CONSORCIO SUPERVISOR VIAL CAJAMARCA, al verificarse por el área técnica competente que cumple con los requisitos técnicos mínimos señalados por las normas de contratación pública - Art. 185° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo el nuevo profesional conforme se detalla: - lng. LUIS ENRIQUE ORTÍZ CHÁVEZ, con Registro CIP N2 122366 — Ingeniero Asistente de Supervisión.
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ARTICULO PRIMERO.- MODIFICAR, la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 005-2015-GR.CAJ/GRI, de fecha 16 de enero de 2015, que aprueba el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Electrificación Rural de los Caseríos Poquish, Chupica, Distrito de San Bernardino, Provincia de San Pablo — Cajamarca"; con Código SNIP N° 138915, en lo que corresponde al Presupuesto, en atención a los informes técnicos que motivan su modificación, y que conforman la presente resolución.
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