ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 02, por Veintiocho (28) días calendario, solicitada por el Representante Legal de Consorcio Chilete, para la elaboración de evaluación del estado físico y Expediente Técnico de levantamiento de obervaciones del proyecto " PEQUEÑO SISTEMA ELÉCTRICO CHILETE III ETAPA"; teniendo como causal establecida en el numeral 2) del Artículo 175º del Decreto Supremo Nº184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, según lo descrito por el Quinto Considerando de la presente resolución y lo demás expuesto.
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 05, por Ciento Veintiún (121) días calendario, solicitada por el Representante Legal del CONSORCIO AUDRYVIC, para la ejecución de la obra denominada: "Reconstrucción Infraestructura de la I.E. S.M Simón Bolívar - San Miguel"; por la causal establecida en el numeral 1) del artículo 175º del Decreto Supremo Nº184-2008-EF, concordante con el numeral 4) del artículo 200º de la misma norma, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 04, por Setenta y Nueve (79) días calendario, solicitada por el Representante Legal del CONSORCIO SAN JUAN, para la ejecución de la obra denominada: "RECONSTRUCCIÓN I.E. CHUCO - PEDRO GALVEZ - SAN MARCOS"; por la causal establecida en el numeral 4) del artículo 175º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, concordante con el numeral 3) del artículo 200º de la misma norma, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.-RECTIFICAR l Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Regional de Infraestrucctura Nº 123-2007-GR.CAJ/GRI, de fecha 06 de Julio de 2007, en el extremo del monto determinado como Liquidación del Contrato de Ejecución de Obra, según lo descrito por el Tercer Considerando de la presente, para efectos contables, como a continuación se indica:
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ARTICULO PRIMERO.- RECTIFICAR el Artículo Primero de la Resoluión de Gerencia Regional de Infraestructura Nº 253-2009-GR-CAJ/GRI, de fecha 21 de Agosto de 2009, en el extremo del monto determinado como Liquidación del Convenio de Encargo de Ejecución de obra Nº012-2007-GR-CAJ/P, según lo descrito por el Terceer Considerando de la presente, para efectos contables, como a continuación se indica:
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