ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO LEGAL, la designación del Ing. CAMILO ALAYO MENDOZA (Cargo ASESOR), como integrante de la Comisión que se encargará de la Liquidación Técnica y Financiera del Convenio de Encargo Nº028-2007-GR.CAJ-GGR, para la ejecución de la obra: "MEJORAMIENTO CANAL DE IRRIGACIÓN PAYAC - SAN JOSÉ", consignada en el extremo del Artículo Primero de la Resolución Nº156-2011-GR-CAJ/GRI, de fecha 16 de Diciembre de 2011; según lo indicado en los considerandos de la presente Resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Modificación del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública denominada: "Reconstrucción Talleres I.E Comandante Leoncio Martínez Vereau - Cajabamba", en el extremo de los Planos, quedando vigente en lo demás que contiene; según lo informado por el Proyectista y por la Sub gerencia de Supervisión y Liquidaciones de Obras mediante Informe Nº 13-2012-GR.CAJ-GRI/SGSL, de acuerdo a lo expuesto en la parte considersativa de la presente Resolución, según el seguiente detalle:
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ARTICULO PRIMERO.-APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 03, por Doce (12) días calendario, solicitada por el Representante Legal del Consorcio AUDRYVIC, para la ejecución de la Obra denominada: "RECONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA DE LA I.E SM SIMÓN BOLÍVAR - SAN MIGUEL"; teniendo como causal establecida en el numeral 3) del Artículo 200º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- RECTIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura Nº349-2009-GR-CAJ/GRI, de fecha 13 de Noviembre de 2009, en el extremo del monto determinado como Liquidación del Contrato de Ejecución de Obra, según lo descrito por el Tercer Considerando de la presente, para efectos contables, como a continuación se indica:
DICE:
"Aprobar, la Liquidación Final del Contrato de Ejecución de Obra Nº 003-2003-REG-CAJ/GG, suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Empresa Nuevo Milenio Constructores y Ejecutores S..A.C, para la ejecución de la obra denominada: "MEJORAMIENTO CANAL JESUS - CHUCO"; siendo la liquidación final del Contrato de Ejecución de Obra el monto de S/169,317.50 Nuevos soles (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 50/100 NUEVOS SOLES)".
DEBE DECIR:
"Aprobar, la Liquidación del Contrato de Ejecución de Obra Nº003-2003-REG-CAJ/GG, suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Empresa Nuevo Milenio Constructores y Ejecutores S.A.C, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA: "MEJORAMIENTO CANAL JESUS - CHUCO"; siendo la liquidación del Contrato de Ejecución de Obra el monto de S/178,283.09 Nuevos Soles (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 09/100 NUEVOS SOLES)".
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ARTICULO PRIMERO.-APROBAR, la Ampliación de Plazo Nº 07, por cuarenta (40) días calendario, solicitada por el Representante Legal del Consorcio SAN MARCOS I, para la ejecución de la Obra denominada: "ELECTRIFICACIÓN RURAL EN LA MICROCUENCA MUYOC - SHITAMALCA (21 LOCALIDADES)"; teniendo como causal establecida en ek numeral 1) del Artículo 200º del Decreto Supremo Nº184-2008-EF, según el Sexto Considerando, de la presente resolución y lo expuesto en la parate considerativa.
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