ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Liquidación Final del Contrato Nº 001-2011-GR-CAJ-GGR - Contrato de Servicios de Consultoría para la Supervisión de la Obra: "AMPLIACIÓN IEP. RAMOSCUCHO — DISTRITO LA LIBERTAD DE PALLAN — PROVINCIA DE CELENDIN", por un monto de Treintainueve Mil Cuatrocientos Noventa y Uno con 42/100 Nuevos Soles (S/.39,491.42).
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 970.21 KB |
ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el Cuadro de Estructura de Costos, consignado en el cuarto considerando de la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 092-2013-GR.CAJ/GRI de fecha 24 de mayo de 2013, mediante la cual se aprobó el Expediente Técnico del Proyecto denominado: "Electrificación Rural en la Microcuenca Muyoc- Shitamalca- Saldos de Obra y Obras Complementarias", debiendo quedar como se ha consignado en la cuarta consideración del presente acto resolutivo; según lo indicado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones mediante Oficio N° 935-2013-GR.CAJ-GRI/SGSL, así como lo expuesto en el Informe N° 017-2013-GR.CAJ/GRI/SGSL/WJVM, de fecha 20 de junio de 2013.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 709.2 KB |
ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 036-2013-GR.CAJ/GRI, de fecha 28 de febrero de 2013, en el extremo que ha considerado aprobar el Expediente Técnico del proyecto denominado: "Mantenimiento del Archivo Central del Gobierno Regional de Cajamarca, por un presupuesto total de Veintisiete Mil Sesenta con 20/100 Nuevos Soles (s/.27,060.20); debiendo ser Treinta y Siete Mil Doscientos Treinta con 74/100 Nuevos Soles (s/. 37,230.74), monto que será ejecutado bajo la modalidad de Administración Directa, según lo indicado por la Sub Gerencia de Operaciones mediante Oficio del visto, así como lo expuesto en el Informe N° 031-2013-GR.CAJ-GRI-SGE/KAR, de fecha 05 de junio de 2013, y lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 609.17 KB |
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Ampliación de Plazo N° 06, por veinticuatro (24) días calendarios, con el que el nuevo periodo ampliado sería del 18/05/2013 al 10/06/2013, en la ejecución de la obra: "Interconexión Trifásica 22.9 KV para la Electrificación Rural Caserío Aylambo y Trabajos Complementarios", por la causal señalada en el numeral 1.) del Artículo 200° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con D.S. N° 184-2008-EF., "Por Causas No Atribuibles al Contratista" motivada por la demora en la reposición del Transformador de Distribución de la Localidad de Aylambo; la misma que no dará lugar al pago de mayores gastos generales, por la renuncia voluntaria, incondicional y expresa por el contratista, mediante Carta N° 045-2013-21C/OCC. de fecha 10/06/2013.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 959.25 KB |
ARTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR, el Artículo Segundo de la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 069-2012-GR.CAJ/GRI, de fecha 23 de mayo de 2012, en el extremo que ha consignado erróneamente que el monto de la liquidación final de la obra en referencia, ascendía a S/. 1553,479.36 (Un Millón Quinientos Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Setenta y Nueve con 36/100 Nuevos Soles); cuando en realidad, el monto asciende a S/. 1560,887.95 (Un Millón Quinientos Sesenta Mil Ochocientos Ochenta y Siete con 95/100 Nuevos Soles), debiendo quedar como sigue:
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 777.38 KB |