ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERÍO al Centro Poblado Pingullo Bajo, ubicado en las coordenadas UTM 769614 m E y 9245007 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito y Provincia Hualgayoc, Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERÍO al Centro Poblado Yerba Santa Alta, ubicado en las coordenadas UTM 770167 m E y 9246620 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito y Provincia Hualgayoc, Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERÍO al Centro Poblado Yerba Santa Baja, ubicado en las coordenadas UTM 770568 m E y 9248448 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito y Provincia Hualgayoc, Departamento Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el reporte "Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias" de fecha 09 de Octubre del 2017 que detalla a los responsables titulares y suplentes designados para el manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 409 Región Cajamarca — SALUD SANTA CRUZ; con número de identificación 001671 el cual forma parte integrante de la presente resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Regional y/o al Procurador Público Regional Adjunta del Gobierno Regional Cajamarca, para que en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional de Cajamarca, conforme a Ley, inicien las acciones legales correspondientes, respecto de la multa impuesta contra la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, por parte de la Sub Intendencia de Resolución, confirmada por la Intendencia Regional de Cajamarca, mediante Resolución de Sub Intendencia N° 038-2017-SUNAFIL/IRE-CAJ/SIRE, de fecha 26 de abril de 2017 y Resolución de Intendencia N° 047-2017-SUNAFIL/IRE-CAJ, de fecha 13 de junio de 2017, respectivamente; con cargo a dar cuenta a la Junta de Gerentes en su próxima sesión sobre las acciones tomadas para fines de Ley.
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Artículo Primero: Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de mayores ingresos a favor de la Unidad Ejecutora: 003 Cutervo por el monto de S/239,174.00 (Doscientos Treinta y Nueve Mil Ciento Setenta y Cuatro con 00/100 Soles), fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, distribuidos de acuerdo al anexo que forman parte de la presente Resolución.
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ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado San Andrés, ubicado en las coordenadas UTM: 722457 m E y 9440498 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito y Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca.
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