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RER N° 296-2019-GR.CAJ/GR

Jueves, 16 Mayo 2019 - 2:53pm
Numero : 
296

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el texto del Artículo 16° del Reglamento: "Administración, Uso y Control de Vehículos Oficiales del Gobierno Regional Cajamarca", en los términos siguientes:

"Artículo 16°: Las unidades vehiculares pertenecientes al Gobierno Regional Cajamarca, son destinadas exclusivamente al uso de acciones de carácter oficial, en el cumplimiento de sus fines y objetivos institucionales en el marco de las disposiciones legales vigentes.

Queda prohibido el apoyo con unidades vehiculares oficiales a otras entidades e instituciones ajenas al Gobierno Regional Cajamarca; salvo casos excepcionales, debidamente autorizadas por el Gerente General Regional en el caso de la sede regional o por el titular de la dependencia, según corresponda."

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