ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por don Fausto Eduardo Asencio Boñón, contra la decisión administrativa contenida en la Resolución Directoral Sectorial N° 404-2018-GR.CAJ/ DRTC, de fechas 17 de octubre de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE la decisión administrativa impugnada; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Liquidación del Contrato N° 04-2017-GR.CAJ-GGR, derivado de la Licitación Pública N° 001-2017-GR.CAJ, cuyo objeto es la Ejecución de la Obra denominada: "Ampliación y Mejoramiento de la Institución Educativa Fernando Belaunde Terry, Distrito de Chetilla, Cajamarca, Cajamarca", suscrito entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Empresa Contratista CONSORCIO CHETILLA, siendo su Representante Legal Común Sr. Javier Smith Guevara Becerra; cuya Liquidación del Contrato, en mérito al Informe N° 015-2018-GR.CAJ/GRI/SGSL, es como sigue: (ver archivo adjunto).
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ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 05, por 45 DÍAS CALENDARIO, solicitada por la Empresa Supervisora CONSORCIO SUPERVISOR G&S; para el servicio de Supervisión de la obra: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO DE CAJAMARCA — PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA"; en atención al numeral 171.3 del Artículo 171° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y a la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N°150-2018 GR.CAJ/GRI, de fecha 29 de octubre del 2018, de conformidad a los informes técnicos descritos en el análisis de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Nuevo Calendario de Avance de Obra Valorizado Actualizado, con la fecha de inicio contractual, del proyecto: "AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO ESCOLARIZADO DEL NIVEL INICIAL EN LA LOCALIDAD DE LUCMACUCHO, DISTRITO DE CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA, REGIÓN CAJAMARCA", presentado por la Empresa Contratista CONSORCIO LA VIÑA, de conformidad a los informes técnicos descritos en los fundamentos de la presente resolución.
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ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Parcial Nº 01, por 45 DÍAS CALENDARIO, solicitada por el Consultor de Obra Edwar Saúl Julcamoro Asencio; por el Servicio de Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto: "Mejoramiento del Servicio Educativo Escolarizado del Nivel Primario N° 82029 Santiago Apóstol del Centro Poblado Agocucho, Distrito y Provincia Cajamarca — Región Cajamarca"; en atención al Numeral 2) del Art. 140° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado: Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista; y de conformidad a los informes técnicos descritos en el análisis de la presente resolución.
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