ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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Artículo 1°.- Aprobar una Ampliación de Calendario de compromisos correspondiente al mes de Agosto del año fiscal 2009, en las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y Transferencias y Canon, Sobre canon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuentes de Financiamiento conforme a los montos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ejecutiva.
Artículo 2°.- La Ampliación de Calendario de Compromisos aprobada por la presente Resolución no autoriza, ni convalida, actos, acciones o gastos de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca que no se ciñan a la normatividad vigente, en el marco de lo establecido en el numeral 30.3 del artículo 30° de la Ley № 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
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Artículo Primero: Formalizarse las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, dentro de las unidades ejecutoras, en el presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, correspondientes al mes de julio del 2009; de acuerdo al detalle que e indica en los anexos adjuntos a la presente resolución.
Artículo Segundo: La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego instruye a las respectivas unidades ejecutoras, respecto a las habilitaciones o anulaciones dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondiente "notas de modificación presupuestaria."
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ARTÍCULO PRIMERO.- Dejar sin efecto a partir de la fecha el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional № 327-2008-GR.CAJ/P, modificada por Resolución Ejecutiva Regional № 052-2009-GR.CAJ/P, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO,- DISPONER que Secretaría General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y a los interesados, para los fines de ley.
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ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la parte pertinente de la Resolución Ejecutiva V Regional № 343-2009-GR.CAJ/P, dejándose sin efecto la designación del Ing. JOSÉ DEL CARMEN URTEAGA BECERRA, como miembro de la Comisión de Programación y Formulación Presupuestaria.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INCORPORAR a partir de la fecha como miembro de la Comisión de Programación y Formulación Presupuestaria, al Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Cajamarca, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
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Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha al Señor PERALTA SUAREZ MAURICIO ANTONIO ROBERTO con el cargo de Administrador como nuevo responsable TITULAR, en reemplazo del señor AHUMADA CASTAÑEDA HUGO FRANKLIN, para el manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 304 REGIÓN CAJAMARCA - EDUCACIÓN SAN IGNACIO con número de identificación 001168 para el Ejercicio Fiscal 2009, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley.
Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo señalado en el artículo precedente, el cuadro de funcionarios responsables del manejo de las cuentas bancarias de la antes mencionada Unidad Ejecutora, vigente a partir de la fecha indicada en el artículo recedente es como sigue: ver adjunto:
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Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha a los señores CHAVEZ ROJAS VICTOR RAÚL en calidad de Administrador y al señor COBA ARRIBASPLATA MIGUEL en calidad de Tesorero como nuevos responsables TITULARES, en reemplazo de las Señoras SÁNCHEZ RENGIFO BERTHA SUSANA y señora BUSTAMANTE VASQUEZ LILIANA, para el manejo de las cuentas bancarias, de la Unidad Ejecutora 404 REGIÓN CAJAMARCA - HOSPITAL CAJAMARCA, con número de identificación 00999, para el Ejercicio Fiscal 2009, cuyas funciones serán ejercidas de acuerdo a Ley;
Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo señalado en el artículo precedente, el cuadro de funcionarios responsables del manejo de las cuentas bancarias de la antes mencionada Unidad Ejecutora, vigente a partir de la fecha indicada en el artículo precedente es como sigue: ver adjunto:
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ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR, el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional № 368-2009-GR.CAJ/P, de fecha 04 de agosto de 2009, en los términos siguientes: NCARGAR a partir de la fecha al Lic. HÉCTOR ENRIQUE NÚÑEZ RONCAL, la Dirección Regional de Educación Cajamarca, hasta la designación del titular", dejándose vigente los demás extremos de la misma.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que a través de Secretaría General se notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y a los interesados, para los fines de ley.
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