ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTICULO PRIMERO.-DECLARAR, improcedente la solicitud de Presupuesto Adicional de Obra № 04, por "Construcción de Conexiones Domiciliarias de Desagüe y Construcción de Conexión Domiciliaria Trifásica de Luz", por el monto de S/ 19 952.34 nuevos soles, presentada por el Contratista Consorcio Barba Uribe Ingenieros, mediante Carta № 048-2009-BU/CHILETE, por cuanto los trabajos considerados en el expediente del Adicional de Obra, son trabajos de naturaleza complementaria, según lo informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras mediante Carta № 306-2009-GR.CAJ-GRI/SGSL, de fecha 25 de agosto de 2009.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, la notificación al contratista, de acuerdo a Ley.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR con efectividad a partir del 01 de septiembre de 2009, al señor DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director Ejecutivo de la Unidad Orgánica Programas Regionales-PROREGIÓN del Gobierno Regional de Cajamarca, por el período de 3 años.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaría General notifique la presente a los órganos competentes y al interesado.
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ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR, el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional № 113-2009-GR.CAJ/P, de fecha 02 de marzo de 2009, excluyéndose al Econ. DEYNER DANIEL LEZCANO MINCHÓN, incorporándose en su reemplazo a la Directora Regional de Administración, Ing. ROSA PINELO CHUMBE, en calidad de Presidente de la misma, dejándose vigente los demás extremos de la misma.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que Secretaría General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y a los interesados, para los fines de ley.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUÍDA, a partir de 07 de septiembre de 2009, la designación del Mag. ORLANDO ÁNGULO TRUJILLO, en el cargo de Director de Comunicaciones y Relaciones Públicas del Gobierno Regional Cajamarca, dándosele las gracias por los servicios prestados.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR a partir del 07 de septiembre del año en curso al
Bach. en Ciencias de la Comunicación, HÍTALO RUBÉN SALAZAR CASTILLO, en el cargo de confianza de Director de Comunicaciones y Relaciones Públicas del Gobierno Regional Cajamarca, Nivel Remunerativo F-4.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUÍDA, a partir de 07 de septiembre de 009, la designación del Lic. MANUEL EDUARDO VILCA TANTAPOMA, en el cargo de Director de Patrimonio de la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, dándosele las gracias por los servicios prestados.
ARTICULO SEGUNDO.- DESIGNAR a partir del 07 de septiembre del año en curso al CPC. MARCO ANTONIO SALAZAR SALAZAR, en el cargo de confianza de Director de Patrimonio de la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, Nivel Remunerativo F-3.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUÍDA, a partir de 07 de septiembre de 2009, la designación del Ing. GUILLERMO MAURICCI ORTEGA, en el cargo de Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia Regional de Infraestructura, del Gobierno Regional Cajamarca, dándosele las gracias por los servicios prestados.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR a partir del 07 de septiembre del año en curso al Ing. Civil ROGER ALBERTO PRINCIPE REYES, en el cargo de confianza de Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Cajamarca, Nivel Remunerativo F-3.
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Artículo Io.- Aprobar el Calendario de Compromisos del mes de Setiembre del Año Fiscal 2009, del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca a nivel Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento, conforme a los montos que se detallan en el Anexo que forma parte de ¡a presente Resolución.
Artículo 2°.- El Calendario de Compromisos aprobado por la presente Resolución no autoriza, convalida actos, acciones o gastos de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional del departamento de Cajamarca que no se ciñan a la normatividad vigente, en el marco de lo establecido el numeral 30.3. del artículo 30° de la Ley 28411 - Ley General del Sistema Nacional de presupuesto.
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