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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Miércoles, 30 Septiembre 2009 - 8:30am

Artículo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud del pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, hasta por el monto de S/. V 759, 355.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), distribuidos como sigue: Unidad Ejecutora 400 Salud Cajamarca SI. 872, 896.00 (OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 401 Salud Chota S/. 264, 489.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 402 Salud Cutervo S/. 382, 088.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA Y OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES) y a la Unidad Ejecutora 403 Salud Jaén S/. 239, 882.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias; con la finalidad de ser destinados al cumplimiento de los compromisos detallados en el convenio celebrado entre las partes antes mencionadas; de acuerdo al detalle que se indica en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Miércoles, 30 Septiembre 2009 - 8:32am

Artículo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Incorporación de Fondos Públicos provenientes de Intereses Bancarios, a favor de la Unidad Ejecutora 003 Cutervo, la suma de S/. 185, 433.00 (CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 5 Recursos Determinados; con finalidad de ser destinados a los proyectos que se detalla en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Miércoles, 30 Septiembre 2009 - 8:34am

ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR, a la Procuraduría Pública Regional, para que en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional Cajamarca y de acuerdo a Ley, inicie las acciones legales correspondientes, contra el ex servidor Sr. JORGE MUÑOZ TEJADA, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que Secretaría General, remita a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, copia de la presente resolución y sus antecedentes para los fines de Ley.

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Miércoles, 30 Septiembre 2009 - 8:37am

ARTICULO PRIMERO.-DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Contrato de "consultoría de Supervisión de Obra N° 027-2009-GRCAJ/GGR, Adjudicación Directa Selectiva N° 018-2009- GR.CAJ, para la Supervisión de la Obra: "Ampliación y Mejoramiento I.E. José Gálvez - Cajabamba": al no cumplir el consultor con lo señalado en el Anexo N° 04 "Declaración Jurada de Cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos", el mismo que en el numeral 4.11 de los Términos de Referencia que conforman las Bases Integradas del referido proceso, prescribe: "La Supervisión, prestará sus servicios a tiempo completo en la ejecución de la obra, desde el inicio hasta el término de obra (incluye la revisión de la Liquidación del contrato de obra)", así como la vulneración del Principio de Presunción de Veracidad.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que las instancias ejecutivas inicien las acciones que correspondan para determinar las responsabilidades que hubiere lugar, comunicando al OSCE con los actuados correspondientes para la sanción al consultor Ing. Elmer Renato Medina Guevara.

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Martes, 29 Septiembre 2009 - 8:39am

Artículo Primero.- Autorízase una Modificación Presupuestal en el Nivel Funcional Programático, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, para transferir recursos presupuéstales de la Unidad Ejecutora 001 Sede Cajamarca a favor de las Unidades Ejecutoras siguientes: 300 Educación Cajamarca, 301 Educación Chota, 302 Educación Cutervo, 303 Educación Jaén, 304 Educación San Ignacio, 400 Salud Cajamarca, 402 Salud Cutervo, 403 Salud Jaén y 405 Hospital General de Jaén; hasta por el monto de S/. 7 240, 289.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, desagregado según detalle del anexo adjunto a la presente Resolución; con la finalidad que tales .Unidades Ejecutoras hagan efectivo el pago adeudado a los beneficiarios del Decreto de Urgencia j N° 037-94.

Artículo Segundo - Las Unidades Ejecutoras señaladas en el Artículo Primero, deberán ceñirse a las disposiciones normativas y administrativas establecidas en el Decreto Supremo N° 149-2009-EF y Oficio N° 689-2009-GR.CAJ-DRA/D.P, emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas y Comisión Técnica de la Dirección Regional de Administración; referido a que los montos presupuéstales asignados y transferidos a cada Unidad Ejecutora, deberán de cubrir la amortización en un porcentaje igual por cada beneficiario, la carga de ESSALUD; así >mismo deberán retener los pagos de AFP, ONP y descuentos judiciales que hubiere.

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Martes, 29 Septiembre 2009 - 8:42am

ARTÍCULO PRIMERO.- RATIFICAR, a partir del día 14 de septiembre de 2009, la designación del Dr. EDINSON VÁSQUEZ BARAHONA, Médico I, Nivel 1, de la Dirección Regional de Salud Lambayeque, en el cargo de confianza de Director de la Sub Región de Salud de Jaén, de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que copia de la presente resolución se notifique a la Dirección Regional de Salud Lambayeque, entidad de origen del servidor, para efectos de reserva de su plaza de carrera por el tiempo de su designación.

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Martes, 29 Septiembre 2009 - 8:43am

ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER, en vía de regularización, que a partir del 26 de junio de 2009, fecha en que se autorizó la implementación y funcionamiento de la Unidad de Gestión Educativa Loca! de Cajamarca mediante R.D.R. N° 3042-2009/ED-CAJ, de fecha 26 de junio de 2009, la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, UGEL CAJAMARCA, emita actos administrativos, en Primera Instancia, mediante Resolución Directoral de UGEL, en asuntos de su competencia, relacionados a: ver adjunto

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que a partir del día 26 de junio de 2009, el Director de la UGEL Cajamarca, queda facultado para realizar las acciones administrativas que se detallan a continuación:

• Autorizar la Adquisición de Bienes y Servicios.
• Autorizar los Gastos del Fondo para Pagos en Efectivo.
• Suscribir Contratos de Arrendamiento de Bienes Inmuebles.

Las rendiciones a que diere lugar las acciones antes indicadas, deberán efectuarse, de manera oportuna, y bajo responsabilidad, ante la Unidad Ejecutora 300: Educación Cajamarca.

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