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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Martes, 23 Febrero 2010 - 5:06pm

Artículo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Transferencias Financieras, procedente del Seguro Integral de Salud, a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, por el monto de S/. V 843, 261.00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON 00/100 NUEVOS SOLES), distribuidos como sigue: Unidad Ejecutora 400 Salud Cajamarca S/. 485, 846.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 401 Salud Chota S/. 419, 822.00 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 402 Salud Cutervo S/. 333, 795.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 403 Salud Jaén SA 448, 332.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 404 Hospital Cajamarca SA 105, 166.00 (CIENTO CINCO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES) y Unidad Ejecutora 405 Hospital General de Jaén SA 50, 300.00 (CINCUENTA MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias; de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y condicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que laboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Martes, 23 Febrero 2010 - 5:08pm

Artículo Primer Autorízase una Modificación Presupuestal en el Nivel Funcional Programático, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, para transferir recursos presupuéstales de la Unidad Ejecutora 400 Salud Cajamarca a las Unidades Ejecutoras de Salud, que a continuación se detallan: Unidad Ejecutora 401 Salud Chota S/. 453, 596.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 402 Salud Cutervo S/. 302, 397.00 (TRESCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES) y a la Unidad Ejecutora 403 Salud Jaén SA 604, 794.00 (SEISCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para financiar el funcionamiento eficiente y oportuno de las brigadas del AISPED asignadas a cada una de las Direcciones Sub Regionales; de acuerdo al detalle del anexo ajunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Martes, 23 Febrero 2010 - 5:09pm

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR la Mesa Regional para la Atención de la Problemática de la Trata de Personas en Cajamarca, la misma que estará integrada por los siguientes miembros:

a) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social
b) Un representante de la Policía Nacional del Perú
c) Un representante de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca
d) Un representante del Ministerio Público
e) Un representante de la DEMUNA
f) Un representante de la Defensoría del Pueblo Cajamarca
g) Un representante de la Dirección Regional de Salud
h) Un representante de la Dirección Regional de Educación
i) Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Secretaría Técnica de la Mesa Regional para la Atención de la Problemática sobre Trata de Personas en Cajamarca.

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Martes, 23 Febrero 2010 - 5:11pm

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, PROCEDENTE la solicitud de Mayores Prestaciones de servicios de supervisión, peticionada mediante Carta № 04-2009-FPO/SUPERVISOR DE OBRA, por el supervisor de Obra Ing. Felipe Pérez Ortega, por un monto de SI. 85431 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 31/100 NUEVOS SOLES), que representa el 2.71% del monto del contrato original; motivada por la variación en el plazo de ejecución de la obra aprobada por la Entidad, que equivale a un plazo de mayores prestaciones de servicios de supervisión de Quince (15) días calendario; de conformidad con lo señalado por el artículo 191° del Decreto Supremo № 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que a través de Secretaría General se notifique la presente a los órganos competentes del Gobierno Regional y al consultor, de acuerdo a Ley.

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Martes, 23 Febrero 2010 - 5:14pm

ARTICULO PRIMERO: MODIFICAR, con carácter extraordinario, la denominación de la UGEL Hualgayoc en el Reglamento de Organización y Funciones ROF, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional № 073-2004-GR.CAJ/P, de fecha 9 de febrero de 2004, por el de UGEL Hualgayoc - Bambamarca, en tanto el Consejo Regional, mediante Ordenanza Regional, apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad de Gestión Educativa Local Hualgayoc - Bambamarca,

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la Secretaría General haga llegar copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas MEF, para los fines a que diere lugar.

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Martes, 23 Febrero 2010 - 5:24pm

Artículo Primero.- Autorízase una Modificación Presupuestal en el Nivel Funcional Programático, en el Presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, para transferir recursos presupuéstales de la Unidad Ejecutora 300 Educación Cajamarca, por el monto de S/. 2 727, 026 (DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTE Y SIETE MIL VEINTE Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de las Unidades Ejecutoras que a continuación se detallan: Unidad Ejecutora 301 Educación Chota, S/. 947, 844.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 302 Educación Cutervo, SI. 574, 440.00 (QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 303 Educación Jaén, S/. 634, 493.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES) y Unidad Ejecutora 304 Educación San Ignacio, S/. 570, 249.00 (QUINIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución eficiente y oportuna del "Programa Estratégico Logros de Aprendizaje al Finalizar el III Ciclo" en cada una de las Direcciones Sub Regionales de Educación; de acuerdo al detalle del anexo ajunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y condicionamiento Territorial, instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que .elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Jueves, 18 Febrero 2010 - 5:28pm

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de /Administración, TRANSFIERA de acuerdo a ley, al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca, fondos hasta or la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL, OCHOCIENTOS SETENTA Y TATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES (SÁ 478,874.00), que corresponde: TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 379,255.00) para la Sede Central, y CIENTO CINCO MIL CIENTO NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99,619.00) para las Direcciones Regionales Rindentes de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Cajamarca, correspondiente al Calendario de Compromisos del mes de Febrero del 2010, para el pago del Incentivo Laboral para Funcionarios y servidores de la Unidad Ejecutora 001 Sede Gobierno Regional Cajamarca, correspondiente al mes de FEBRERO del presente año, y que estén comprendidos en el D.S. № 276 y que a continuación se detallan: ver adjunto.

ARTÍCULO SEGUNDO: LA DISTRIBUCIÓN, de los Incentivos laborales se efectuarán a través del CAFAE, con el apoyo de cada Sistema Administrativo de la de del Gobierno Regional en aplicación del Decreto de Urgencia № 088-2001, Novena disposición Transitoria de la Ley №28411, Ley general del Sistema Nacional de Presupuesto, y a la Directiva que norma el procedimiento para la aplicación del incentivo laboral en la Unidad Ejecutora 001 Sede Central del Gobierno Regional de Cajamarca; así mismo, el Comité de Administración de Fondos de Asistencia y Estimulo - CAFAE, es el encargado de la administración de los fondos, la Oficina Control Institucional será la encargada de cautelar el cumplimiento de lo transferido.

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