ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO.- SALUDAR al próspero e histórico pueblo de GUADALUPE en el día de la Conmemoración de un Aniversario más de su Fundación Española, y RATIFICAR nuestros lazos de hermanamiento y buena vecindad entre ambos pueblos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaría General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca, y a los interesados para los fines de Ley.
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Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de las Resoluciones de Gerencia .General Regional N° 043, 058 y 095-2010-GR.CAJ/GGR, de conformidad a lo expuesto en los ^considerandos precedentes.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Administración realice las acciones correspondientes para que se proceda a la "Adquisición de Camionetas para el Gobierno Regional Cajamarca" de acuerdo a lo establecido con el Decreto Legislativo N° 1017.
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ARTICULO PRIMERO: Elevar, de acuerdo a Ley, a la categoría de CASERIO al centro poblado Manzanas Capellanía, jurisdicción del distrito y provincia Cajamarca, departamento Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: Transcribir la presente Resolución a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial -PCM, Oficina Departamental de Estadística e Informática de Cajamarca, Gobernación Distrital Cajamarca y Municipalidad Provincial Cajamarca.
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ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO, a partir del 01 de abril del 2010, la Resolución Gerencial Sub Regional N° 059-94-GSR/CAJ de fecha 21 de marzo de 1994, restituyéndose el otorgamiento de las Bonificaciones por Escolaridad, Gratificaciones y/o Beneficios por Aguinaldo así como la Bonificación Familiar y Asignación de Refrigerio y Movilidad que mensualmente tiene derecho a percibir el Dr. JOSE PEDRO CERDAN URBINA como Pensionista del Gobierno Regional de Cajamarca.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que la Dirección de Personal de acuerdo a lo normado a partir del 01 de abril del 2010 practique la actualización y abone todos los conceptos que corresponde a su derecho pensionario y de corresponderle la bonificación estipulada por el Decreto de Urgencia N° 105-2001.
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ARTICULO PRIMERO: Elevar, de acuerdo a Ley, a la categoría de CASERIO al centro poblado Alto Otuzco, jurisdicción del distrito Baños del Inca, provincia Cajamarca, departamento Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: Transcribir la presente Resolución a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial -PCM, Oficina Departamental de Estadística e Informática de Cajamarca, Gobernación Distrital Cajamarca y Municipalidad Provincial Cajamarca.
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Artículo Primero: Formalizase las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, dentro de las unidades ejecutoras, en el presupuesto Institucional del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, correspondientes al mes de marzo del 2010; de acuerdo al detalle que e indica en los anexos adjuntos a la presente resolución.
Artículo Segundo: La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego instruye a las respectivas unidades ejecutoras, respecto a las habilitaciones o anulaciones dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondiente "notas de modificación presupuestaria."
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ARTÍCULO PRIMERO.- DEJESE SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional N° 06-2009-GR.CAJ/P, de fecha 20 de agosto de 2009, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaría General notifique la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca, a los interesados para los fines de ley; y, a la Dirección Regional De Educación Cajamarca para que proceda de acuerdo con las facultades conferidas por ley.
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