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Resoluciones Ejecutivas Regionales

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Miércoles, 28 Abril 2010 - 11:46am

Artículo Primero APROBAR la baja de 04 bienes no depreciables por causal de Excedencia, según se desprende de los Considerandos que sustentan dicho acto administrativo, por el valor de S/. 0.04 Nuevos Soles y cuyas características se detallan en los Anexos adjuntos de los Informes Técnicos Legales N°s 034 al 037-2010.

Artículo Segundo.- APROBAR la transferencia vía donación de los bienes no depreciables dados baja y que se indican en el artículo precedente, a favor del Instituto Nacional de Estadística-INEI- Oficina Departamental de Cajamarca.

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Miércoles, 28 Abril 2010 - 11:52am

ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, al DIRECTOR REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA, como representante del Gobierno Regional Cajamarca ante la Comisión Intergubernamental de Salud.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que Secretaría General notifique la presente al Ministerio de Salud en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados a partir de su expedición, al interesado y a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca, para los fines de ley.

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Miércoles, 28 Abril 2010 - 11:56am

ARTÍCULO PRIMERO.- RENOVAR el DESTAQUE por Motivos de Salud de su menor hijo de carácter extraordinario, con efectividad del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2010, a la Sra. DORA ELENA GUANILO CAPRISTAN servidora nombrada en el cargo de Técnica en Laboratorio I categoría remunerativa ST "C" del Centro de Salud de Contumaza de la Red de Servicios de Salud I Contumaza de la Dirección Regional de Salud Cajamarca del Gobierno Regional Cajamarca, al Centro de Salud Materno Infantil de la Red de Salud Pacasmayo de la Dirección Regional de Salud Pública LA LIBERTAD.

RTÍCULO SEGUNDO.- Dejar establecido que de conformidad con la Directiva N° 1-2010-GR. CAJ-DRA/DP, aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 031-2010- GR.CAJ/P, que dispone que los destaques del personal nombrado de la entidades y dependencias sectoriales y de los órganos desconcentrados, fuera del ámbito regional no podrá exceder de dos (2) ejercicios presupuesta/es consecutivos, correspondiendo a la interesada de ser el caso gestionar su reasignación correspondiente;

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Miércoles, 28 Abril 2010 - 12:00pm

ARTÍCULO PRIMERO.- PRORROGAR el DESTAQUE por motivos de necesidad del servicio de carácter extraordinario, a partir del 01 de abril hasta el 30 de junio del 2010, a la CPC. MIRIAM LUZ PINEDO MORALES servidora nombrada en el cargo de Especialista Administrativo I categoría remunerativa SP "F" del Centro de Salud Morro Solar de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén del Gobierno Regional Cajamarca, al Hospital General "Santa Rosa" de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud - LIMA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar establecido que una vez oficializado el proceso de reasignación de la CPC. MIRIAM LUZ PINEDO MORALES de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén del Gobierno Regional Cajamarca al Hospital General "Santa Rosa" de la Dirección de Salud V Lima del Ministerio de Salud Lima, deberá de hacer llegar copia de la Resolución para las acciones de personal correspondientes.

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Miércoles, 28 Abril 2010 - 12:12pm

Artículo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Transferencias Financieras, procedente de la Presidencia del Consejo Directivo de OSINERGMIN, a favor de la Unidad Ejecutora 001 Sede Cajamarca, conformante del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, por la suma de S/ 37, 856.00 (TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento: 2 Recursos Directamente Recaudados; para ser destinados exclusivamente para fines de supervisión y fiscalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N° 28964; de acuerdo al anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a la Unidad Ejecutora que corresponda para que elabore las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Martes, 27 Abril 2010 - 12:21pm

Artículo Primero.- Aprobar la Desagregación de los recursos financieros aprobados mediante Decreto Supremo N° 105-2010-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación del Pliego 445 Gobierno Regional de Cajamarca, por el monto de SI. V 136, 800.00 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), distribuidos como sigue: Unidad Ejecutora 300 Educación Cajamarca S/. 501, 200.00 (QUINIENTOS UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 301 Educación Chota S/. 270, 200.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 302 Educación Cutervo SI. 50, 400.00 (CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 303 Educación Jaén S/. 191, 100.00 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIEN CON 00/100 NUEVOS SOLES) y Unidad Ejecutora 304 Educación San Ignacio S/. 123, 900.00 (CIENTO VEINTE Y TRES MIL NOVECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios; con la finalidad de atender el financiamiento de los dos tramos del beneficio otorgado por el inciso b) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, de acuerdo al anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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Viernes, 23 Abril 2010 - 12:34pm

Artículo Primero.- Aprobar un Crédito Suplementario por concepto de Transferencias Financieras, procedente del Seguro Integral de Salud, a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud conformantes del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, hasta por el monto de S/. 13” 856, 857.00 (TRECE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), distribuidos de la siguiente manera: Unidad Ejecutora 400 Salud Cajamarca, S/. 3” 747, 387.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 401 Salud Chota S/. 3” 134, 943.00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES) Unidad Ejecutora 402 Salud Cutervo, S/. 2” 493, 575.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 403 Salud Jaén, S/. 3” 331, 552.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 404 Hospital Cajamarca, S/. 778, 099.00 (SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES), Unidad Ejecutora 405 Hospital General de Jaén, S/. 371, 301.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS UNO CON 00/100 NUEVOS SOLES); en la fuente de financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, los mismos que se ejecutarán de acuerdo a los calendarios de compromisos de transferencias aprobadas por el Seguro Integral de Salud; con la finalidad de garantizar el servicio que se brinda en la oportunidad debida y así de esta manera se cumpla con las metas programadas; de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras que correspondan para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

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