Ingresar

Resoluciones Ejecutivas Regionales

Para buscar la resolución 006, ingrese solamente 6

Lunes, 10 Agosto 2015 - 2:37pm

ARTÍCULO PRIMERO: Categorizar, de acuerdo a Ley, como CASERIO al Centro Poblado Chilimpampa Alta, ubicado en las coordenadas UTM 766661 m E y 9218741 m N, Datum: WGS84, Zona 17 Sur, jurisdicción del Distrito Cajamarca, Provincia Cajamarca y Departamento de Cajamarca.

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar477.38 KB
Lunes, 10 Agosto 2015 - 2:32pm

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Presupuesto Analítico de Personal — PAP., de la Unidad Ejecutora: 307 — 1355 EDUCACION UGEL BAMBAMARCA, del Gobierno Regional Cajamarca, incluido setenta y seis (76) plazas docentes (59 plazas en Educación Inicial, 12 plazas en Educación Primaria y 05 plazas en Educación Secundaria), para el ejercicio presupuestal 2015, contenido en los Formularios A — Anexo 01: de tres (03) páginas y Al- Anexo 02: de una (01) página respectivamente.

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar3.2 MB
Lunes, 10 Agosto 2015 - 2:28pm

ARTÍCULO PRIMERO: DELEGAR a favor del Mg. Segundo Víctor NORIEGA DÍAZ, Director Sub Regional de Transportes y Comunicaciones de Chota del Gobierno Regional de Cajamarca, las facultades necesarias para la constitución de los miembros del SUB CAFAE de la mencionada Dirección Sub Regional, a fin de que proceda a su inscripción y demás trámites correspondientes; dejándose sin efecto las resoluciones anteriores que se opongan a la presente;

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar333.15 KB
Viernes, 7 Agosto 2015 - 12:12pm

Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas autorizada mediante
Decreto Supremo Nº 224-2015-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación, para financiar
el pago de la asignación por tiempo de servicios de acuerdo al detalle del Anexo N° 1 por un monto
de S/.778,252.00 (Setecientos Setenta y Ocho Mil Doscientos Cincuenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles), para financiar el pago el subsidio por luto y sepelio de acuerdo al detalle del Anexo 2 por un monto de S[474,000.00 (Cuatrocientos Setenta y Cuatro Mil con 00/100 Nuevos Soles) y para financiar el pago por compensación por tiempo de servicios de acuerdo al detalle del Anexo N° 3 por un monto de S/.788,494.00 (Setecientos Ochenta y Ocho Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución.

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar4.99 MB
Viernes, 7 Agosto 2015 - 3:39pm

Artículo Primero: Aprobar una Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N 2 225-2015-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación, para financiar la contratación de especialistas en seguimiento de gestión administrativa y pedagógica, por un monto de 5/.1'445,054.00 (Un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil Cincuenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento : Recursos Ordinarios, distribuido de acuerdo a lo siguiente: a la Unidad Ejecutora: a la Unidad Ejecutora: 301 Educación Chota por el monto de S/.88,926.00 (Ochenta y Ocho Mil Novecientos Veintiséis con 00/100 Nuevos Soles),a la Unidad Ejecutora:302 Educación Cutervo por el monto de S/.66,695.00 (Sesenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:303 Educación Jaén por el monto de 5/.88,926.00 (Ochenta y Ocho Mil Novecientos Veintiséis con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:304 Educación San Ignacio por el monto de S/.88,926.00 (Ochenta y Ocho Mil Novecientos Veintiséis con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:305 Educación UGEL Santa Cruz por el monto de S/.66,695.00 (Sesenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:306 Educación Cajabamba por el monto de S/.66,695.00 (Sesenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 307 Educación Bambamarca por el monto de 5/.66,695.00 (Sesenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:308 Educación UGEL Celendín por el monto de 5/.177,853.00 (Ciento Setenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:309 Educación UGEL Cajamarca por el monto de 5/.66,695.00 (Sesenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 310 Educación UGEL San Marcos por el monto de S/.155,621.00 (Ciento Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veintiuno con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 311 Educación UGEL Contumazá por el monto de 5/.177,853.00 (Ciento Setenta y Siete Mil
Ochocientos Cincuenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:312 Educación UGEL San Miguel por el monto de S/.177,853.00 (Ciento Setenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles) y a la Unidad Ejecutora: 313 Educación UGEL San Pablo por el monto de S/.155,621.00 (Ciento Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veintiuno con 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución.

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar2.2 MB
Jueves, 6 Agosto 2015 - 2:25pm

ARTÍCULO PRIMERO: DELEGAR, al Gerente Sub Regional de Jaén del Gobierno Regional de Cajamarca, la facultad para la Liquidación de Proyectos de Inversión Pública, dando cuenta al despacho de la Presidencia Regional.

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar399.21 KB
Jueves, 6 Agosto 2015 - 3:32pm

Artículo Primero: Aprobar una Crédito Suplementario autorizado con la Resolución Jefatural N°155-2015/SIS, proveniente del Seguro Integral de Salud, a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud por un monto de S/.409,266.00 (Cuatrocientos Nueve Mil Doscientos Sesenta y Seis con 00/100 Nuevos Soles),en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias,distribuido de acuerdo al siguiente detalle: a la Unidad Ejecutora: 400 Salud Cajamarca el monto de S/.143,483.00 (Ciento Cuarenta y Tres Mil Cuatrocientos Ochenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles),a la Unidad Ejecutora:401 Salud Chota el monto de S/.38,931.00 (Treinta y Ocho Mil Novecientos Treinta y Uno con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 402 Salud Cutervo el monto de S/.63,404.00 (Sesenta y Tres Mil Cuatrocientos Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora:403 Salud Jaén el monto de S/.39,140.00 (Treinta y Nueve Mil Ciento Cuarenta con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora: 404 Hospital Cajamarca el monto de S/.85,248.00.00 (Ochenta y Cinco Mil Doscientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles), a la Unidad Ejecutora 405 Hospital General de Jaén el monto de S/.39,060.00 (Treinta y Nueve Mil Sesenta con 00/100
Nuevos Soles); de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presente Resolución.

AdjuntoTamaño
PDF icon Descargar2.11 MB

Páginas