ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por don Willy Orlando Lezama Espinoza, contra el Oficio Nª 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 30 de marzo de 2010, por las razones esgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar improcedente el recurso administrativo de apelación, interpuesto por doña Delia Arevalo Cotrina, contra la Resolución Directoral Regional Nª 6210-2009/ED.CAJ de fecha 15 de diciembre de 2009, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía addministrativa.
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Declarar improcedente el recurso administrativo de apelación, interpuesto por doña Margarita Teresa Barboza de Barrantes, contra la resolución Directoral Regional Nª 6210-2009/ED.CAJ de fecha 15 de diciembre de 2009, por las razones expùestas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar improcedente el recurso administrativo de apelación, interpuesto por doña Nora Beatriz Sánchez Zevallos, contra la Resolución Directoral Regional Nª 6131-2009/ED.CAJ de fecha 07 de diciembre de 2009, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por don Luis Gilmer Marín Bazán, contra la decisión administrativa contenida en el Oficio Nª 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, DE FECHA 30 DE MARZO DE 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, confírmese la decisión administrativa recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por don Segundo Evangelista Leiva Rios, contra la decisión administrativa contenida en el Oficio Nº 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 30 de marzo de 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, confírmese la decisión administrativa recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña María Doris Araujo Cerna, contra la decisión administrativa contenida en el Oficio Nº 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, DE FECHA 30 DE MARZO DE 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, confírmese la decisión administrativa recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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