ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña Liliana María Llalle Nuñez, contra el Oficio N° 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 30 de marzo de 2010, por las razones esgrimidas en la parte coonsiderativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña María Antonieta Cortegana Córdova, contra el Oficio N° 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 30 de marzo de 2010, por las razones esgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña Flor Idelsa Pereda Asto, contra el Oficio N° 3298-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, DE FECHA 02 DE JUNIO DE 2010, POR LAS RAZONES ESGRIMIDAS EN LA PARTE CONSIDERATIVA de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña Flor Gladys Acosta Melendez, contra el Oficio N° 2043-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 30 de marzo de 2010, por las razones sgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña Doris Elena Ruiz Torres, contra el Oficio N° 2043-20120-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 30 de marzo de 2010, por las razones eesgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña Rocío del Pilar Mercado Marín, contra el Oficio N° 1545-2010-GR.CAJ-DRE-DGA/AREM, de fecha 23 de marzo de 2010, por las razones esgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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Declarar infundado el recurso administrativo de apelación planteado por doña Aurea Luz Paredes Mori, contra el Oficio N° 1910-2010-gr.caj-dre-dga/arem, de fecha 25 de marzo de 2010, por las razones esgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
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