ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación, interpuesto por doña Aura Teresa Vásquez Cabrera, contra la Resolución Regional Sectorial N° 1106-2013-GR.CAJ/DRS-A.J, de fecha 26 de setiembre de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, válidamente emitida la decisión recurrida; dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Regional Sectorial N° 992-2013-GR.CAJ/DRS-AJ, de fecha 15 de agosto de 2013; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, NULA Y SIN EFECTO LEGAL la resolución recurrida, sin pronunciamiento sobre el fondo del asunto por no corresponder a esta Instancia Administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER Y FELICITAR a las siguientes profesionales: DR. EMERSON CARLOMAGNO SÁNCHEZ CHÁVEZ — MÉDICO CIRUJANO, DR. FAUSTO GURBILLON LUZA — GERIATRA, PSIC. PILAR INÉS SALDAÑA DE GALLIRDOS — PSICÓLOGA, BLGO. CLAUDIO AUGUSTO TORRES VILLALOBOS — BIÓLOGO, DR. ALAN ALBERTO ÁNGELES GUEVARA, LIC. BLANCA LOZANO CABANILLAS — LICENCIADA, OD. MARCUS OCHOA PACHAS — ODONTÓLOGO y OBST. KARLA YNELA ZEGARRA ARAUJO, por su colaboración y apoyo desinteresado en el desarrollo de la Campaña Integral en beneficio de la Persona Adulto Mayor en la provincia de Celendin, distrito de José Gálvez y caserío de Fraylecocha, celebrada el 29 y 30 de agosto del presente año, coadyuvando de ésta manera al bienestar de la Persona Adulto Mayor de la referida provincia.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación planteado por don Ricardo VILLENA TAPIA, contra la decisión administrativa contenida en la Resolución Directoral Regional N° 3557-2013-ED-CAJ, de fecha 28 de agosto de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; en consecuencia, válidamente emitida la impugnada, dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que el Director Regional de Salud Cajamarca, bajo responsabilidad, efectúe las acciones administrativas necesarias a fin de poder identificar los posibles responsables en la emisión irregular de la R.R.S N° 413-2013-GR.CAJ/DRS-A.J; así mismo en el menor plazo DEBERÁ de remitir a esta Gerencia todos los actuados que dieron origen a la mencionada Resolución, para su remite correspondiente.
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ARTICULO PRIMERO: Declarar INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por don Feliz Alfredo SÁNCHEZ TARMA, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Regional N° 3434-2013/ED - CAJ, de fecha 12 de agosto de 2013, por las consideraciones esgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, confírmese la recurrida, dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTICULO PRIMERO: Declarar INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por don Pelayo Ramiro ALCÁNTARA CALLIRGOS, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Regional N° 3434-2013/ED-CAJ, de fecha 12 de agosto de 2013, por las consideraciones esgrimidas en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, confírmese la recurrida, dándose por agotada la vía administrativa.
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