ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la LIC. MANUELA CHÁVEZ MEDINA, por haber colaborado de manera desinteresada en el desarrollo de las Pasantías De Parto vertical - Centro de Salud San Marcos, en muestra de la labor y desempeño desinteresado en mejorar la calidad de los servicios de la Salud.
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ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la LIC. JESSICA JOSEFINA GARCÍA SÁNCHEZ, por haber colaborado de manera desinteresada en el desarrollo de las Pasantías De Parto vertical - Centro de Salud San Marcos, en muestra de la labor y desempeño desinteresado en mejorar la calidad de los servicios de la Salud.
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ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la LIC. MARTIZA ANITA CERQUÍN PAREDES, por haber colaborado de manera desinteresada en el desarrollo de las Pasantías De Parto vertical - Centro de Salud San Marcos, en muestra de la labor y desempeño desinteresado en mejorar la calidad de los servicios de la Salud.
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ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la LIC. CLAUDIA PAMELA CAMPOS ZELADA, por haber colaborado de manera desinteresada en el desarrollo de las Pasantías De Parto vertical - Centro de Salud San Marcos, en muestra de la labor y desempeño desinteresado en mejorar la calidad de los servicios de la Salud.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por doña GLADYS MARÍA QUIROZ MARÍN; contra la decisión administrativa contenida en la Resolución Sectorial Regional n° 1577-2014-GR.CAJ/DRSDG, de fecha 31 de diciembre del 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Dándose por agotada la vía administrativa.
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por doña MARÍA ELENA CÉSPEDES URBANO; respecto a la no atención de su solicitud de Reintegro del pago de la Diferencial por concepto de Beneficio Económico establecido en la Ley N° 25303, peticionado mediante Expediente n° 1574694, de fecha 06 de noviembre del 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Dándose por agotada la vía administrativa
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el recurso administrativo de apelación, interpuesto por doña María Elena CÉSPEDES URBANO, en contra de la Resolución Regional Sectorial Nº 1419-2014-GR.CAJ/DRS-A.j., de fecha 21 de noviembre de 2014; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. CONFIRMESE la recurrida, dándose por agotada la vía administrativa.
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