ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el investigado José Gerardo Delgado Salazar en su condición de Gerente Sub Regional de Cutervo del Gobierno Regional de Cajamarca, en el periodo 26 de enero de 2016 al 30 de junio de 2018, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria prevista en el artículo 85° inciso d) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre: "d) La negligencia en el desempeño de las funciones, por el incumplimiento de su función, establecida en el Manual de Organización y Funciones de la Gerencia Sub Regional de Cutervo, que prescribe como función de la Gerencia Regional: "b) Elaborar, asesorar, apoyar y coordinar la ejecución de estudios y expedientes técnicos de obras y proyectos de inversión, en estrecha coordinación con los organismos públicos y privados con presencia en la sub región". Y en concordancia con la aceptación de ser Unidad Ejecutora mediante Oficio N° 067-2013-GR.CAJ-GSRC (MAD N° 930452 — Fs. 94), el cual señala: "la Gerencia Sub Regional de Cutervo, Acepta ser la Unidad Ejecutora del Proyecto 113089 "CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL SANTA MARIA, NIVEL III PROVINCIA DE CUTERVO, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA" y tal como consta de la ficha de registro del Banco de Proyectos. Configurándose dicha falta como titular de la Unidad Ejecutora, Gerencia Sub Regional de Cutervo, por no realizar el análisis del informe inicial presentado por Consorcio Cutervo Consultores en tenor de las cláusulas de contratación estipuladas en Contrato N° 355-2015-GR.CAJ-GSRC respecto faltante y/o deficiencia del Componente Equipamiento del Expediente Técnico de la Obra: "Construcción y equipamiento del Hospital, Santa María de Cutervo Nivel II-1, Cutervo, Cajamarca" — SNIP N° 113089, correspondiendo iniciar el respectivo procedimiento administrativo disciplinario; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
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