ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR NO HA LUGAR el inicio de acciones disciplinarias contra los investigados: Ing. DIEGO TAPIA REYES, en calidad de Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Cajamarca; y Abg. ROCÍO ELIZABETH SALAZAR CHERO, en calidad de Secretaria General del Gobierno Regional de Cajamarca; al no haberse determinado en su contra comisión de conducta infractora pasible de sanción; esto, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. ARCHÍVESE como corresponda.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Descargar | 1.57 MB |