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ROI-01-2015-GR.CAJ/STCPAGRC-SEPS

Viernes, 26 Junio 2015 - 7:49am
Numero : 
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ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al Repuesto Judicial Sr. Erik
Ronald Sánchez Llanos, por haber cometido la presunta falta disciplinaria contenida en los literales a), b) y c) del Artículo 85° de la Ley N° 30057, por cuanto, con su actuar y desarrollo de funciones habría transgredido las obligaciones de los servidores civiles establecidas en los literales b) y d) del artículo 39° Obligaciones de los servidores civiles, de la Ley; así como, aquellas contenidas en el literal a) y g) del artículo 156° Obligaciones del servidor, del Reglamento; de igual manera, habría desobedecido la prohibición estipulada en el literal c) del artículo 157° Prohibiciones, del Reglamento, a la cual está sujeta todo servidor civil; en este sentido, la sanción que correspondería aplicar por la falta disciplinaria cometida por la servidora civil antes referida, es la que está establecida en el literal b) del artículo 88° de la Ley.

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