ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 01, por 14 días calendario, siendo la fecha de culminación del plazo contractual hasta el 07 de abril de 2019; solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO SUPERVISOR LUCMACUCHO; para la Supervisión de la Obra: "Ampliación y Mejoramiento del Servicio Educativo Escolarizado del Nivel Inicial en la Localidad de Lucmacucho, Distrito de Cajamarca, Provincia de Cajamarca, Región Cajamarca"; en atención que la misma acredita la causal establecida en el Numeral 171.3 del Art. 171° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, "En virtud de la ampliación otorgada, la Entidad debe ampliar el plazo de los otros contratos que hubiera celebrado que se encuentren vinculados directamente al contrato principal"; concordante con el Numeral 120.3 del Art. 120° del citado Reglamento, generada por la aprobación de la Ampliación de plazo N° 01, según Resolución Gerencial Regional de Infraestructura N° 176-2018-GR.CAJ/GRI, de 27 de noviembre de 2018; y conforme el sustento técnico expuesto precedentemente.
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