ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE el Cambio de Ingeniero Asistente de Residente de obra, de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA", por caso fortuito o fuerza mayor (motivos de salud -HIPERTENSIÓN ARTERIAL) solicitado por el "CONSORCIO CAJAMARCA", en mérito al sustento técnico expuesto al Oficio N° 292-2018-GR.CAJ/GRI/SGSL; siendo el nuevo profesional conforme se detalla:
Ing. Jaime Enrique Colina Rojas, con CIP N° 85427- Ingeniero Asistente de Residente de obra.
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