ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Parcial N° 05 por 45 días calendario, solicitada por la Empresa CONSORCIO CAJAMARCA, para la Ejecución de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA ALDEA INFANTIL SAN ANTONIO, DISTRITO CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA", en atención que la misma acredita la causal establecida en el numeral 2) del Artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, "(2) cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado"; siendo la nueva fecha de término contractual el 28 de noviembre del 2018, en virtud del sustento técnico expuesto en la Carta N° 088-2018-CSGS/RL; el Informe N° 07-2018-SO-CSGS; avalado mediante Oficio N° 1042-2018-GR.CAJ-GRI/SGSL, que forman parte del contenido de la presente.
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