ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER la Suspensión del Plazo de Ejecución de Obra, informada por la Supervisión de la Obra, en mérito al Acta de Acuerdo de Suspensión del Plazo de Ejecución de Obra, suscrita con el CONSORCIO MIRAFLORES; ejecutor de la Obra: "INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LOS CASERÍOS LA LAGUNA, EL CARRIZO Y SAN JUAN DE MIRAFLORES, DISTRITO DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN PABLO, REGIÓN CAJAMARCA"; conforme a lo señalado en el Artículo 153° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo que el plazo de suspensión inicia desde el 28 de agosto del 2018; misma que no genera Mayores Gastos Generales; en mérito al sustento técnico expuesto en la Carta N° 046-2018/CONSORCIO MIRAFLORES, Oficio N° 898-2018-GR.CAJ-GRI/SGSL, y el Informe N° 95-2018-GR.CAJ-SGO/ERGT.
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