ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 01, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO NOR PERÚ; para la Ejecución de la Obra: "Instalación del Sistema Eléctrico Rural Microcuenca Chirimoyo - Cajamarquino - Cajamarca"; en atención que la misma no acredita la causal establecida en el Art. 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en mérito al sustento técnico expuesto en el Informe N° 123-2017-GR.CAJ-SGSUWJVM.
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