ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, improcedente por extemporánea, la Liquidación del Contrato de Servicios de Consultoría para Supervisión de Obra Nº 005-2009-GR-CAJ-GGR, presentada por el Representante Legal del Consorcio Trébol s.a.c., mediante Carta Nº 144-2012/CT-GG, de fecha 11 de junio del 2012; por cuanto ha sido presentada fuera del plazo establecido por el artículo 179º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
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