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RGR-096-2010-GR.CAJ/GRI

Martes, 11 Mayo 2010 - 9:06am
Numero : 
96

RECONOCER a la recurrente María Jesús Espinoza Ramírez, el derecho a ser indemnizada por los daños y perjuicios como consecuencia de la afectación del terreno de su propiedad por imposición de servidumbre rural, en una extensión de 87.30 mi, por el pase de la línea primaria de la obra "Pequeño Sistema Eléctrico Chilete III Etapa", con una franja de servidumbre de 11.00 metros de ancho.

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