ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.-DECLARAR IMPROCEDENTE, la Ampliación de Plazo Nº 02, por Treinta y Cinco (35) días calendario, solicitada por el Representante Legal del CONSORCIO PALLAN, para la ejecución de la obra denominada: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP. PE-3N (BAMBAMARCA)- ATOSHIACO - RAMOSCUCHO - LA LIBERTAD POLLAN - EMP. PE 8 B (CELENDÍN)"; por la causal establecida en el numeral 1) del artículo 200º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
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