ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar, PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 09, por Quince (15) días calendario, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO PALLÁN; para la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Carretera EMP. PE - 3N (Bambamarca) - Atoshaico - Ramoscucho - La Libertad de Pallán - EMP. PE 8B (Celendín)"; emitiendo dicho pronunciamiento de conformidad con lo Informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, por la causal señalada en el numeral 4.) del Artículo 200° del RLCE, motivada por la Aprobación del Adicional de Obra N° 07, mediante Resolución N° 107-2014-GR.CAJ/P.
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