ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Parcial N° 04, por VEINTE (20) Días Calendario, solicitada por la Empresa Contratista CONSORCIO LIBERTAD; para la ejecución de la Obra: "Pequeño Sistema Eléctrico Tembladera I Etapa - Levantamiento de Observaciones de Hidrandina S.A"; por la causal señalada en el numeral 1.) del Artículo 200° del RLCE, Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista, motivada por la falta de Autorización de Cortes de Energía Eléctrica en la Linea Tembladera - Pitura y Línea Tembladera - Trinidad (Yonán Pampa Larga), por parte de Hidrandina S.A; indicando que la presente Ampliación de Plazo no generará ningún pago de mayores gastos generales al contratista, debido a la renuncia expresa y voluntaria efectuada por el Contratista, mediante Carta Notarial N° 054-2014/MSH, de fecha 26 de diciembre de 2014, la misma que es aceptada, emitiendo dicho pronunciamiento de conformidad con lo Informado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones y el Inspector de Obra.
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