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RGGR-041-2011-GR.CAJ/GGR

Lunes, 14 Marzo 2011 - 9:53am
Numero : 
41

Articulo Primero .- AUTORIZAR LA CESION EN USO de los bienes patrimoniales indicados en el articulo segundo a favor de la Hermandad del Señor de los Milagros Cajamarca, el Mayordomo se obliga a dar cumplimiento a los compromisos asumidos en tomo a la integridad del bien y su adecuado uso.

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