ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTICULO PRIMERO.- CONCEDER LA AMPLIACIÓN DE PLAZO SOLICITADA, por el Represente Legal de la Empresa CYP CONSTRUCTORES Y CONSULTORES EIRL., únicamente por ocho (08) días calendarios, en atención a la causal prevista en el numeral 2) del artículo 140° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF: por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista.
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