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Resolución Directoral Regional N° 107-2015-GR-CAJ-DREM

Lunes, 13 Julio 2015 - 7:32am
Numero : 
107

Sancionar a la empresa Peruana de Cales S.A.C.,con una multa de diez UIT(10) por haber realizado actividad extractiva de minería no metálica(roca caliza( sin contar con la certificación ambiental correspondiente (resolución aprobatoria del instrumento de gestión ambiental), es por eso que su conducta se encuadra en la infracción, muy grave, estipulada en el primer guión de la escala de infracción del Artículo 7.2 del Decreto Legislativo 10¿101; además por haber realizado voladura en la actividad minera sin contar con la opción favorable de la autoridad minera competente en caso de ser considerados usuarios eventuales, con lo que infringió lo establecido el Artículo 243° del Decreto Supremo N° 055-2010-EM; asimismo porque labores mineras no se encontraban señalizadas de acuerdo al Código de Señales y Colores, que se indican en el anexo 11 del Decreto Supremo N° 055-2010-EM; conforme a las razones expuestas en la presente resolución.

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