ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- Iniciar el Procedimiento Administrativo Sancionador contra le Empresa Rumicucho S.R.L representada por el señor Genaro Wilson Aguilar Barboza imputándole a título de cargo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar la presente Resolución Directoral Regional y el Informe Legal N° 23-2015-GR.CAJ/DREM/AL/JNBC, ello sin perjuicio de que el administrado ejerza su derecho de acceso al expediente, conforme a lo previsto en el artículo 160° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO TERCERO: Requerir a la Empresa Minera Rumicucho que de conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 5 del artículo 113° de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, cumpla con señalar domicilio procesal para efectos del presente procedimiento.
ARTÍCULO CUARTO: Otorgar un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificar la presente resolución, a efectos de formar los descargos que correspondan.
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