ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR en el Gerente General Regional del Gobierno Regional Cajamarca, la atribución para autorizar las prestaciones adicionales de obra, bienes y servicios dentro de los límites establecidos, en el marco de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341; y, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 350-2015-EF., modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF.
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