ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente de Prestación Adicional N° 01, por el monto de Catorce Mil Tres con 53/100 Nuevos Soles (S/. 14,003.53); teniendo como causal deficiencias y omisiones al momento de establecer el Servicio de Mantenimiento de la Institución Educativa N° 207 Tacshana - Cajabamba, en los Términos de Referencia y Requerimientos Técnicos Mínimos; solicitado por el Representante Legal de la Empresa IN NOVA ARQUITECTOS SRL, representada por Guido Erick Rodrigo Castillo, mediante Carta N° 06-IN NOVA, para la prestación del el Servicio de Mantenimiento de la Institución Educativa N° 207 Tacshana - Cajabamba; que representa un porcentaje de incidencia equivalente al 14.66%, respecto del monto total del contrato original, según lo indicado por la Sub Gerencia de Operaciones, mediante Oficios N° 568 y 593-2014-GR.CAJ/GRI/SGO.
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