ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA BAJA, POR CAUSAL DE MANTENIMIENTO O REPARACIÓN ONEROSA en...
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
"Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"
ARTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR, el error material consignado en el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 254-2012-GR.CAJ/P de fecha 25 de Setiembre del 2012, el mismo que se entenderá en los siguientes términos:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la baja de (01) Generador de Luz y un (01) Radio Base de Transmisión VHF TRANSCEVER, cuyo valor es de S/ 6,019.74 (Seis mil diecinueve. Con 74/100 nuevos soles) los mismos que se encuentran en estado de Excedencia, según se desprende de los considerandos precedentes y cuyas características, depreciación, amortización y agotamiento se detallan en los anexos referidos a los Informes Técnicos-Legales Ngs. 015 y 016., conforme al siguiente detalle:
DEBE DECIR:
1508- Depreciación, Amortización y Agotamiento. 5/. 909.81
1508.02-Depreciación Acumulada de Vehículos, Maquinaria y Otros
1508.0202- Maquinaria, Equipo, Mobiliario y Otros.
5506- Otros Gastos Diversos S/ 5,109.93
5506.01— Baja de Bienes
1503 Vehículos, Maquinaria y Otros. S/. 6,019.74
1503.02- Maquinaria, Equipo, Mobiliario y Otros.
1503.0203- Equipos Informáticos y de Comunicaciones
1503.020303 — Equipos de Telecomunicaciones S/.1,119.74
1503.020904— Electricidad y Electronica S/. 4900.00
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