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RER-457-2013-GR.CAJ.P

Jueves, 18 Julio 2013 - 12:14pm
Numero : 
457

ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR IDRUGO, servidor nombrado de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Cajamarca, con Amonestación Escrita, por haber contravenido la norma legal, al haber autorizado el trabajo de un menor de edad en actividad peligrosa para la Salud Integral, pese a su prohibición establecida en el Decreto Supremo N° 003-2010-MIMDES.

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