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RER-386-2009-GR.CAJ/P

Miércoles, 19 Agosto 2009 - 4:11pm
Numero : 
386

ARTÍCULO PRIMERO.- DESTACAR en vía de regularización por Motivos de Estudios de Residentado Médico de Segunda Especialización, en la Especialidad de Gastroenterología, a partir del 01 de junio hasta el 31 de diciembre del 2009, al Dr. ROMY GIANCARLO CORDOVA LOPEZ, servidor nombrado en el cargo de Médico I categoría remunerativa M-1 en el Centro de Salud Pucará de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén del Gobierno Regional Cajamarca, al Hospital Nacional "Almanzor Aguinaga Asenjo" ESSALUD LAMBAYEQUE.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar establecido que de conformidad con la Directiva № 01-2008-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional № 183-2008-GR.CAJ/P, que dispone que los destaques del personal nombrado de la entidades y dependencias sectoriales y de los órganos desconcentrados, fuera del ámbito regional no podrá exceder de dos (2) ejercicios presupuéstales consecutivos, correspondiendo al interesado de ser el caso gestionar su reasignación correspondiente.

ARTÍCULO TERCERO.- Dejar establecido que de conformidad a la Directiva indicada en el artículo anterior, de existir déficit en la prestación de los servicios públicos a consecuencia de la carencia de personal por destaque; el titular de la entidad o dependencia que emitió el informe favorable, asumirá las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar.

ARTÍCULO CUARTO.- El Titular de la Entidad de origen, dentro del plazo de diez (10) días útiles de notificado la presente Resolución, informará a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Dirección Regional de Salud, el sustento de qué forma financiará la plaza dejada por el personal destacado; teniendo en cuenta que no se puede afectar el presupuesto del Gobierno Regional por ninguna fuente de financiamiento, ni el presupuesto del Sistema Integral de Salud - SIS; debiendo ser condicionante para cualquier destaque y/o renovación posterior.

ARTÍCULO QUINTO.- Establecer, que el responsable de la Oficina de Personal o quien haga sus veces de la Entidad de destino, bajo responsabilidad remita a la Dirección Sub Regional de Salud Jaén, durante los primeros cinco días de cada mes el reporte de asistencia del servidor mencionado en el Artículo Primero de la presente Resolución; en consecuencia el Gobierno Regional se exime de responsabilidad en la demora de su remuneración al no contar con la información requerida.

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